Prosiguiendo con su lento avanzo hacia la despenalización efectiva de la tenencia de drogas, los tribunales argentinos han sobreseÃdo otra vez un caso de delito de drogas con el fallo de que no deberÃa ser enjuiciado porque las drogas eran para âconsumo personalâ. El caso es el último en una serie que remonta al 2006 en que los tribunales argentinos han declarado inválida la ley de drogas del paÃs cuando se trata de tenencia de pequeñas cantidades de drogas.
En el presente caso, un joven argentino fue arrestado en una fiesta de música electrónica en Buenos Aires mientras compraba 15 pastillas de éxtasis para sà mismo y siete camaradas. El juez de primera instancia ordenó su procesamiento porque descubrió que el joven habÃa comprado las drogas o para comercializarlas o para consumirlas él mismo.
Pero la Cámara Federal porteña sobreseyó al juez de primera instancia al decir que âno se podÃa descartar que la tenencia de estupefacientes fuera para consumo personalâ. Al aludir a un fallo de la Corte Suprema del 2006 que manifestaba que al estado correspondÃa la carga de âprobarse inequÃvocamente que la droga hallada no era para consumo personalâ, la Cámara sostuvo que se deberÃa declarar inconstitucional el pasaje de la ley de drogas argentina respecto a la tenencia de drogas.
Asimismo, a fines de marzo, los jueces porteños sobreseyeron el caso de dos personas arrestadas por cultivar plantas de marihuana. En dicho caso los jueces también fallaron que el trozo de la ley que castigaba a la gente con penas de prisión por cultivar plantas para consumo personal era inconstitucional. De acuerdo con los jueces, âla cantidad y las circunstancias que rodearon el hecho permiten afirmar que el cultivo o siembra de la marihuana encontrada era para consumo personalâ.
Aunque los tribunales inferiores no duden en declarar inválidas pasajes de la ley de drogas, la Corte Suprema argentina es la árbitra final. Pero las decisiones de los tribunales inferiores se amontonan.
Add new comment